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miércoles, 25 de marzo de 2015

Las redes sociales: ¿ángeles o demonios?

Buenos tardes bloggeros:
Hoy publicamos una nueva entrada llena de curiosidades y, además, muy útil para todos aquellos que os sintáis identificados con ella.



Como ya hemos visto en anteriores entradas, las redes sociales, entendidas como un punto de encuentro entre dos o más personas, presentan numerosas ventajas, pero también muchos inconvenientes. La entrada publicada está relacionada, precisamente, con uno de estos últimos y presenta una gran importancia a escala social. Anorexia, bulimia, moda, gimnasios, ¿os suenan? Bien, pues todos estos términos cobran una destacada presencia en la sociedad, acrecentada sin lugar a dudas por el uso inadecuado que se les puede dar al fenómeno de las redes sociales.
En primer lugar, analizaremos el caso de la anorexia y la bulimia. Hay que tener en cuenta que, en la Antigüedad, una figura femenina robusta era considerada como símbolo de la fertilidad y la abundancia. Sin embargo, esto cambió totalmente en el siglo XX, concretamente a partir de los años 60, cuando comienzan a aparecer en las publicidades imágenes de mujeres con una extrema delgadez. Pero, ¿verdaderamente este cambio puede llegar a afectar a los jóvenes, especialmente a las chicas, hasta llegar a la muerte? Efectivamente. Aunque no nos demos cuenta, la proliferación de mensajes que promueven la anorexia y la bulimia a través de Internet, y más incluso en redes sociales como Twitter, Facebook o Instagram, generan modelos a seguir, tal como una ideología, que les permite a estos jóvenes compartir sus deseos y sentirse comprendidos por otras personas que se encuentran en las mismas circunstancias que ellos. Además, esto es evidente, puesto que si no tienen el apoyo de sus familiares y amigos, que mejor lugar que las redes sociales para encontrarlo.
No obstante, todos os preguntaréis si es posible acabar con la propagación de este tipo de mensajes a través de Internet. Bien, pues la respuesta es muy simple y es que en España no se considera un delito la publicación de este tipo de ideas y, mientras que en otros países como en Francia se pueden cerrar dichas páginas y perfiles en cuanto se detectan, aquí en España “es un problema que no tiene solución por el momento porque se cierran muchos perfiles y páginas que fomentan la anorexia y la bulimia, pero al día siguiente se vuelven a abrir con mucha facilidad porque no es ilegal emitir esos contenidos”, según dijo Juana Martín, presidenta de la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y Bulimia.
Sin embargo, lo más sorprendente de este lamentable caso, es que según expertos, los jóvenes que utilizan las redes sociales para transmitir este tipo de ideas, llegan a utilizar claves para que nadie piense que el posible tema sobre el cual están discutiendo es la anorexia o la bulimia. Por eso, si alguna vez veis nombres como Ana y Mía en alguna red social, estas podrían llegar a ser grandes cómplices, quizás, de personas muy cercanas a vosotros, pues se refieren a la anorexia y la bulimia respectivamente. ¡ALGO IMPRESIONANTE!
Por otro lado, mientras que las personas afectadas por la anorexia y la bulimia tienden a utilizar estas claves con la intención de proteger una sociedad secreta e impedir que les descubran, un caso muy habitual en las chicas, en los individuos del sexo opuesto las redes sociales no influyen haciéndoles perder peso por medio de enfermedades como las citadas anteriormente, pero sí tienden a rendir culto a su cuerpo dejándose la piel en los gimnasios.
Por último, tampoco podemos dejar pasar por alto el ciberacoso, ya que muchas personas, sobre todo jóvenes, se ven afectadas por ello y les puede llevar incluso a someterse a operaciones, motivadas por los insultos que reciben a través de las redes sociales, para mejorar su estética. Por eso, os dejo aquí este vídeo para que lo comprobéis con vuestros propios ojos.

Después de todo esto, ¿consideráis oportuna la intervención de los padres a ciertas edades para evitar las posibles repercusiones que el uso de las redes sociales podría tener sobre los hijos? Como bien expongo en el título, ¿pensáis que las redes sociales actúan como ángeles o demonios? Reflexiones, que seguro que os vendrán de lujo en vuestras vidas, dejo en vuestras manos y espero poder conocerlas a través de vuestros comentarios.


viernes, 20 de marzo de 2015

La cara oculta de internet

Drogas, pornografía, tráfico de órganos y armas, contrato de sicarios... son las primeras palabras que se nos pueden venir a la cabeza cuando oímos hablar de la darknet o red oscura. También conocida como deep web.
La historia de este “lugar” comienza en 2002 de la mano de 4 ingenieros de Microsoft que dieron una conferencia sobre el tema. Esta determinó que es imposible detener el tráfico de contenidos con derechos de autor a través de esta red.
Se trata de un conjunto de redes privadas que funcionan encriptadas en la red. A ella podemos acceder a través de aplicaciones y protocolos determinados. Un usuario normal de la red no puede (o no sabe) como llegar a ella porque no podemos entrar usando los buscadores normales o direcciones www. Sus url suelen tener formato htttp://******.onion/. Se monta sobre la red pública, por lo que usa la conexión a internet, pero es invisible para el público habitual.
Lo que se garantiza en esta red oscura es el anonimato. A través de navegadores como Tor (The Onion Router) puedes navegar sin que nadie sepa quién eres o desde dónde lo haces. En las redes habituales toda esta información se conoce gracias a la IP. En un primer momento solo buscadaba garantizar eso, el anonimato, pero con el tiempo se ha convertido en un lugar para comprar, vender y disfundir productos y contenidos ilegales, pero en ella podemos encontrar también foros, correos, libros, películas, humor político... es decir, con ella tenemos total libertad de expresión y acceso a contenido que, por motivos de derechos de autor, se nos hace difícil de conseguir por redes más convencionales.
Hoy en día existen muchos más navegadores a parte de Tor conocidos como ciberarrabales.

Según los últimos estudios (realizados por un equipo de la universidad de Portsmouth) existen 80.000 sitios ocultos en Tor. Ninguno existe durante largo tiempo. La gran mayoría están dedicados a la venta de droga. También entre los cinco más comunes estaban mercados clandestinos, sitios de fraude, servicios de correo electrónico y sitios de negocios con la moneda virtual Bitcoin.
A pesar de la poca cantidad de material con pornografía infantil, la mayor parte del tráfico de la red se dedica a ello (un 75% según el estudio). De este porcentaje no se pudo determinar cuántas personas en realidad participaban en la red, podría haber un gran número de máquinas.
Se dice que solo el 4% de la información disponible se encuentra en la red, el 96% lo encontramos en la darknet.

Si alguno quiere adentrarse en ella basta con descargarse un programa para proteger la identidad. Eso sí CUIDADITO. Aquí podemos encontrar contenidos violentos y peligrosos y si no contamos con amplios conocimientos sobre informática podemos ser descubiertos aun estando en un lugar donde prima el anonimato. Además, el FBI ha comenzado a vigilar su actividad. Otro peligro es un nuevo tipo de cibercrimen donde gente experta en la red roba la identidad digital.



miércoles, 18 de marzo de 2015

LA PROPIEDAD INTELECTUAL INVADIDA POR LAS REDES SOCIALES


Las nuevas tecnologías, entendidas como las nuevas técnicas que han surgido en los últimos años dentro de los campos de la informática y de la comunicación, hacen más fácil la vida del hombre en algunos aspectos, mientras que la complican en otros muchos. Uno de ellos es el caso de la propiedad intelectual. Por tanto, ¿qué se entiende por este fenómeno?
La propiedad intelectual, según el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, está integrada por una serie de derechos de carácter personal y/o patrimonial que atribuyen al autor y a otros titulares la disposición y explotación de sus obras y prestaciones. La ley que la regula es el texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996 del 12 de abril.
La propiedad intelectual protege las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas en cualquier medio, las interpretaciones artísticas, los fonogramas (grabación de una obra musical), las grabaciones audiovisuales y las emisiones de radiodifusión.
Este término ha alcanzado un gran protagonismo, ya que la facilidad de distribución y reproducción de contenidos a través de Internet en la actualidad, como una de las ventajas más destacables de las nuevas tecnologías, incita al crecimiento de contenidos que tienden a ser protegidos mediante la propiedad intelectual. Pero, ¿por qué es necesario proteger la propiedad intelectual? Los derechos de propiedad intelectual otorgan además del reconocimiento a los creadores, la retribución económica que les corresponde por la realización de sus obras y prestaciones y, además, suponen un incentivo a la creación y a la inversión en las mismas de la que se beneficia la sociedad en su conjunto.
Relacionado con este tema, las redes sociales son uno de los mejores medios para publicar contenidos que deberían estar protegidos por los derechos de autor. Sin embargo, durante la fase de registro en la red social, los usuarios frecuentemente aceptan las condiciones generales del servicio sin leerlas detenidamente y, sin darse cuenta, una cesión plena de los derechos de explotación de sus obras para que la plataforma pueda utilizarla libremente durante el plazo máximo legal de 5 años. El principal problema es que puede ocurrir que el contenido publicado por un usuario concreto permanezca disponible para el público aun habiendo solicitado este la baja de la plataforma o red social. Junto a este problema se encuentra que los prestadores de servicio de Internet (ISP) no pueden controlar o supervisar los contenidos, por tanto, según la legislación actual española, los ISP no son responsables, salvo contadas excepciones, de los contenidos transmitidos, alojados o difundidos por los usuarios a través de sus sistemas de información.
Por estos motivos, pongo a vuestra disposición algunas de las medidas que se deberían adoptar para proteger dichos derechos, tal y como establece José María Baños (abogado multidisciplinar especializado en derecho mercantil, derecho procesal y en el de las nuevas tecnologías, comercio electrónico, propiedad intelectual y protección de datos).
1. Crear sistemas de denuncia de infracciones de derechos de propiedad intelectual.
2. Adopción de acuerdos bilaterales entre los ISP y las asociaciones de autores.
3. Redacción de condiciones de uso y políticas de privacidad con un lenguaje comprensible  para que cualquier tipo de usuario tenga claro sus derechos y obligaciones.
4. Cambiar la configuración del nivel de privacidad para obtener el máximo grado de seguridad en el perfil del usuario.
5. Ofrecer al usuario herramientas que le otorguen el control absoluto de la información que publica en la red.
Podemos encontrar muchas más medidas que llevar a cabo para garantizar aun más un derecho que todavía se encuentra desprotegido, sin embargo, puesto que me parece un tema muy interesante, ya que muchos de nosotros publicamos contenidos en Internet, prueba de ello es este blog, me gustaría dejar  abierto el tema relacionado con las posibles iniciativas que se podrían tomar  para alcanzar una mayor seguridad de nuestra privacidad y conocer vuestras opiniones a favor o en contra de la propiedad intelectual por medio de vuestros comentarios. ¡POR UN MUNDO MÁS SEGURO!